La entidad encargada de
defender los derechos de los consumidores, recordó que hasta las
municipalidades autorizadas a cobrar por el servicio de estacionamiento
vehicular en sus playas, deben hacerlo de acuerdo a los requisitos que exige la
ley.
La norma establece que esas
comunas sólo pueden cobrar el monto aprobado en la ordenanza después de brindar
el servicio, es decir, a la salida del estacionamiento y no al ingreso.
“El cobro se hace en función
al tiempo que el vehículo permanece en la zona de estacionamiento. Si las
municipalidades exigen cobros que contravengan lo señalado, la ciudadanía debe
saber que la comuna estaría realizando un cobro ilegal porque incumpliría el
artículo. 61 de la Ley de Tributación Municipal”, aclara la institución.
Indecopi informó que las
municipalidades autorizadas a cobrar por estacionamiento vehicular en las
playas, este año, son: Pucusana, Villa El Salvador, La Punta, Chancay,
Chorrillos, Punta Negra, Punta Hermosa, Lurín, Barranco y Santa María del Mar.
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