Publican
lista definitiva de más de 8,964 miembros de mesa
La ODPE Huaura difundió hoy el
listado definitivo de más de 8,964 miembros de mesa, titulares y
suplentes, quienes tendrán la responsabilidad de conducir las mesas de
sufragio en las Elecciones Generales y de Parlamento Andino del 10 de abril de
2016.
La publicación se realizó en el
frontis de las 60 Oficinas Descentralizadas (ODPE) instaladas en todo el país,
así como en sus respectivos locales distritales y lugares de mayor concurrencia
en cada circunscripción.
Esta publicación definitiva se
produce luego de culminar el proceso de presentación de tachas y de
impugnaciones, apelaciones y resoluciones al cargo de miembros de mesa previsto
por ley.
El jefe de la ODPE HUAURA, Ing. David
Espinoza, hizo un llamado a los miembros de mesa para que procedan ahora a
recoger sus credenciales y se capaciten con la debida anticipación para ejercer
ese importante cargo, del cual depende el éxito de la jornada electoral.
Precisó que los miembros de mesa
podrán capacitarse en cada una de las 60 ODPE habilitadas en todo el país, pero
también en las oficinas distritales que ha dispuesto el organismo electoral
para organizar los comicios. Para facilidad de los miembros de mesa también se
brindará la capacitación virtual a través del sitio web de la ONPE y de
aplicativos virtuales.
Para reforzar sus conocimientos se ha
programado dos jornadas masivas de capacitación a nivel nacional, para el 27 de
marzo y 03 de abril
En las presentes Elecciones Generales
2016, a nivel nacional, se sortearon 445,344 miembros de mesa, entre titulares
y suplentes, para conducir las 74,224 mesas de sufragio. Para las 3,082 mesas
del extranjero se sortearon 1,849 miembros de mesa, entre titulares y
suplentes.
Como parte de sus funciones, los
miembros de mesa deben instalar la mesa de votación, conducir el sufragio y
realizar el escrutinio, que comprende llenar las actas electorales con los
resultados de la mesa y entregarlas al personal de la ONPE.
Excusas y
justificaciones
Luego de la publicación definitiva
del listado de miembros de mesa, los ciudadanos sorteados como tales dispondrán
de cinco días hábiles para formular una excusa para ejercer el cargo, para lo
cual deben presentar los documentos sustentatorios, de conformidad a lo
establecido en el artículo 58 de la Ley Orgánica de Elecciones.
Pueden solicitar excusa los
candidatos y personeros de las organizaciones políticas, los funcionarios y empleados
de los organismos electorales y los miembros de Ministerio Público y Defensoría
del Pueblo, miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional,
que realicen funciones el día de los comicios, entre otros.
Solo en caso de enfermedad,
debidamente acreditada con el certificado expedido por el área de salud, y a
falta de esta por el médico de la localidad, puede el miembro de mesa de
sufragio, justificar su inasistencia ante la respectiva Oficina Descentralizada
de Procesos Electorales (ODPE).