ANA plantea nuevo cronograma de elecciones
en Juntas de Usuarios
RESOLUCION JEFATURAL N.-312-2016 ANA
CONSIDERANDO
Considerando que
mediante decreto supremo 019-2016
MINAGRI se faculto a La
Autoridad Nacional del Agua para
adecuar el cronograma del proceso electoral en marcha de las
organizaciones de usuarios de agua, así como dictar disposiciones para
su culminación.
Que, en cumplimiento del acotado decreto
supremo se emitió
la Resolución Jefatural 276-2016ANA
,a través de la
cual se dictaron disposiciones complementarias para culminación del precitado proceso electoral.
Que ,la
Dirección D E Gestión Y Operadores
de Infraestructura Hidráulica mediante informe
técnico 120.2016 ANA-DGOM-FORUA/DAECH, señala a la
fecha algunas juntas de usuarios
han desarrollado procesos electorales
debidamente convocados sin obtener
resultados válidos, entre otras
razones por no alcanzar el quórum previsto en la LEY 30157 o no utilizar los padrones
s validado por la
Oficina Nacional de Procesos Electorales
Que, por
tal razón en aplicación del Artículo
1 de
Decreto Supremo N° 019-2016-MINAGRI .resulta necesario dictar
disposiciones complementarias que
faciliten la culminación de
los posesos electorales
de las organizaciones de usuarios
señaladas en el considerando precedente y que permitan uniformizar los
plazos y criterios para
el desarrollo de los
procesos electorales de organización de usuarios a nivel
nacional, evitando que estas realicen actos que posteriormente puedan ser
cuestionados por las razones señaladas en el considerando precedente, Y.
Estando
a lo opinado por la Dirección
de Gestión de Operadores de Infraestructura Hidráulica
con los vistos
de la Oficina Jurídica y de Secretaria General. Y en uso de las facultades
conferidas por el artículo 11 del Reglamento de Organización Y Funciones de La Autoridad Nacional del Agua, aprobado
por el Decreto Supremo N OO6-2010 AG.
SE RESUELVE.
1.1 Las
organizaciones de agua
que a la fecha de la emisión de la presente resolución,
hayan cumplido sus procesos electorales, sin obtener resultado valido, convocaran a un nuevo
acto de sufragio realizarse
a más tardar el 31
de marzo del 2017.
1.2 para
los casos señalados en el numeral precedente resulta
de aplicación el cronograma
establecido en el art. 2”
Articulo 2. -Adecuación del cronograma electoral
2.2 las
organizaciones de usuarios
de agua que a la
fecha de la emisión de la
presente resolución, no hayan realizado la elección de los consejos
directivos, periodo 2017-2020, adecuaran
sus cronogramas electorales conforme
al siguiente detalle.
a..-Publicación
del padrón electoral validado por la ONPE y aprobado por la . administración del agua ,hasta el 10 de Enero del 2017.
b.- Inscripción de listas. Hasta el 15 d e Enero 2017
c.- Publicación de las listas, hasta
el 17 de Enero del 2017
d. publicación de las lista aptas .hasta el 15 de
Febrero del 2017.
e.- Acto de sufragio: hasta el
31 de marzo 2017-
2.2. La
publicación de padrones que se
refiere el literal a) del numeral
precedente se efectúa en los
locales de la Junta de Usuarios
de Agua y la administración del Agua,
así como en la página Web de
la autoridad Nacional del Agua www.ana.gob.pe.
3.3. Inicio y conclusión de funciones
de los consejos
directivos electos, precisar que
los consejos directivos electos
iniciaran sus funciones a más tardar el 17 de
abril del 2017 y concluirán el 31 de
diciembre del 2020.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única .- comités electorales y de impugnaciones
Los comités
electorales y de impugnaciones
s en ejercicio, continuaran sus
funciones hasta obtener, un consejo directivo válidamente elegido. De ser necesario s e aplicara lo dispuesto en numeral 5.2 del artículo 5 de la Resolución
jefatural -270-2016 ANA.
Regístrese ,comuníquese y publíquese
ABELARDO D E LA TORRE VILLANYUEVA
Jefe
Autoridad Nacional Del Agua.