viernes, 7 de octubre de 2016

jNE declara infundada vacancia del alcalde Huaura Justino Valencia

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación que Junior Antony Aponte Osorio interpuesto en contra del Acuerdo de Concejo N.° 010-2016-MDH, del 28 de enero de 2016, que declaró infundada la solicitud de vacancia presentada contra Justiniano Pedro Valencia Pantoja, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huaura, provincia de Huaura, departamento de Lima, teniendo a la vista los Expedientes N.° J-2015-00095-T01, N.° J-2015-00095-Q01, y J-2015-00095-A01; y oídos los informes orales.

ANTECEDENTES
La solicitud de vacancia
El 14 de abril de 2015, Junior Antony Aponte Osorio solicitó ante el Jurado Nacional de Elecciones la vacancia de Justiniano Pedro Valencia Pantoja, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huaura, provincia de Huaura, departamento de Lima, por considerar que dicha autoridad habría incurrido en la causal de nepotismo, establecida en el artículo 22, numeral 8, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).
El recurrente refiere que David Smith Carlos Inocente, sobrino del alcalde distrital figura en el portal de transparencia económica del Ministerio de Economía y Finanzas como persona contratada por la Municipalidad Distrital de Huaura, la cual habría cobrado la suma de S/. 10 620.00 soles.

Agrega que David Smith Carlos Inocente integra la relación del personal administrativo de la academia preuniversitaria municipal, tal como se aprecia del documento emitido por la secretaría general de la entidad edil.

Finaliza y señala que el alcalde municipal ejerció injerencia para la contratación de su “sobrino”, dado que en “tiempo récord”, en la primera sesión de concejo que se realizó el 5 de enero de 2015, se acordó irregularmente, obviando las pautas a seguir, contratar al servicio de enseñanza para la academia preuniversitaria de alto rendimiento.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del magistrado Luis Carlos Arce Córdova, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE
Artículo primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Junior Antony Aponte Osorio, y en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo N.° 010-2016-MDH, del 28 de enero de 2016, que declaró infundada la solicitud de vacancia presentada contra Justiniano Pedro Valencia Pantoja, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huaura, provincia de Huaura, departamento de Lima.

Artículo segundo.- HACER EFECTIVO el apercibimiento decreto en la Resolución N.° 0358-2015-JNE, del 15 de diciembre de 2015, y en consecuencia remitir copia de lo actuado al Presidente de la Junta de Fiscales de Lima, a efectos de que actúe conforme a sus atribuciones, de conformidad con el considerando 8 de la presente resolución.

Artículo tercero.- REMITIR copia de los actuados a la Contraloría General de la República, a efectos de que actúe conforme a sus competencias y atribuciones.