Universidad
San Pedro filial Huacho seria
Pueden tener razón al exigir
el pago de sus pensiones
a los estudiantes universitarios, acción de presión de
cobranza que desde ayer viene
ejecutando la Universidad San Pedro
de Huacho.
Sin embargo
existe la Ley
29947 que protege a los alumnos
universitarios y no podrán
impedir asistencia a clases por falta de pago de pensiones.
Las universidades y otros centros de estudios superiores,
públicos y privados, no podrán condicionar ni impedir la asistencia a clases o
exámenes de los alumnos al pago de las pensiones en el ciclo lectivo del curso..
La ley precisa sin embargo que las instituciones educativas
pueden retener los certificados correspondientes al período no pagado, siempre
que se haya informado adecuadamente de esto a los usuarios al momento de la
matrícula.
Detalla que la tasa de interés para las moras sobre
pensiones no pagadas no podrá superar la tasa de interés interbancario
dispuesta por el Banco Central de Reserva del Perú.
FIN A PRÁCTICAS INTIMIDATORIAS
Para el cobro de las pensiones, los institutos, escuelas
superiores, universidades y escuelas de posgrado públicos y privados están
impedidos del uso de prácticas intimidatorias que afecten el derecho
fundamental de los estudiantes, añade la ley.
Las instituciones educativas, públicas y privadas, que
incumplan con las disposiciones contenidas en la norma serán sancionadas
administrativamente por la autoridad competente del Instituto Nacional de
Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
(Indecopi).
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