martes, 29 de noviembre de 2016

Universidad San Pedro filial Huacho seria 
 sancionada por  Indecopi.

Pueden tener  razón  al exigir  el pago  de sus  pensiones  a  los  estudiantes  universitarios, acción de  presión de  cobranza que  desde  ayer viene  ejecutando  la Universidad San Pedro de  Huacho.
Sin  embargo existe  la   Ley 29947 que  protege  a los alumnos  universitarios  y no podrán impedir asistencia a clases por falta de pago de pensiones.

Las universidades y otros centros de estudios superiores, públicos y privados, no podrán condicionar ni impedir la asistencia a clases o exámenes de los alumnos al pago de las pensiones en el ciclo lectivo del curso..
La ley precisa sin embargo que las instituciones educativas pueden retener los certificados correspondientes al período no pagado, siempre que se haya informado adecuadamente de esto a los usuarios al momento de la matrícula.
Detalla que la tasa de interés para las moras sobre pensiones no pagadas no podrá superar la tasa de interés interbancario dispuesta por el Banco Central de Reserva del Perú.
FIN A PRÁCTICAS INTIMIDATORIAS
Para el cobro de las pensiones, los institutos, escuelas superiores, universidades y escuelas de posgrado públicos y privados están impedidos del uso de prácticas intimidatorias que afecten el derecho fundamental de los estudiantes, añade la ley.

Las instituciones educativas, públicas y privadas, que incumplan con las disposiciones contenidas en la norma serán sancionadas administrativamente por la autoridad competente del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

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